viernes, 21 de octubre de 2016

Fracción II

Estructura orgánica completa, atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de Encuentro Social B.C.S., de conformidad con las disposiciones aplicables.





EJERCICIO: 2017.
FECHA DE VALIDACIÓN: 14-Noviembre-2017.
ÁREA RESPONSABLE DE LA INFORMACIÓN: Unidad de Transparencia.
AÑO: 2017.

FECHA DE ACTUALIZACIÓN: 04-Mayo-2017.






COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL BAJA CALIFORNIA SUR

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
C. Perla Guadalupe Flores Leyva
Presidenta del CDE
Lic. Vanessa Guadalupe Avilés Ortega
Secretaria General del CDE
Lic. Juan Ramón Domínguez Leyva
Secretario de Organización y Estrategia Electoral del CDE
C.P. José Justo Cota Rochín
Coordinador de Administración y Finanzas del CDE
Lic. Mónica Trevizo Vásquez
Coordinadora Jurídica del CDE
C. Jans Rigoberto Ortega Flores
Coordinador de Comunicación Social y Política del CDE
C. Cecilia Curiel Delgado
Coordinadora   de Movimientos Sectoriales del CDE
Arq. Alejandro Antonio Lalcoma Estrada
Director de la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP).
C. Isaac Ocampo Vega
Director de la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) del CDE
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Campesina del CDE
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Obrera del CDE
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Empresarial del CDE
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Migrantes del CDE
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas con Capacidades Diferentes del CDE
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad del CDE
Lic. Dulce María Hirales Contreras
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Jóvenes” del CDE
C. Andrea Josefina Segura Avilés
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Mujeres” del CDE
Acéfalo
Coordinador (a) del Movimiento “Encuentro de Familias” del CDE




Flores Leyva, Perla Guadalupe
PRESIDENTA

Artículo 32 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes del Presidente del Comité Directivo Nacional:

I.              Convocar al Congreso Nacional a sesión ordinaria y extraordinaria, presidir sus sesiones y ejecutar sus acuerdos;
II.             Firmar con el Secretario General las Actas que emita el Congreso Nacional;
III.            Presidir las sesiones del Comité Directivo Nacional, y ejercer o delegar a otros integrantes del mismo todas sus atribuciones y deberes;
IV.           Expedir y firmar con el Secretario General los nombramientos del Comité Directivo Nacional, así como el de los titulares de los órganos de gobierno, administrativos y comisiones creadas para el mejor cumplimiento de los objetivos del partido;
V.            Nombrar y remover a los responsables de los diferentes movimientos sectoriales;
VI.           Nombrar asesores y encargados de las comisiones que se estimen necesarios para el despacho de los asuntos;
VII.          Aprobar junto con el Secretario General los nombramientos de estructura del Comité Directivo Nacional, previa propuesta del responsable del órgano de gobierno o directivo de que se trate;
VIII.         Analizar y decidir cuestiones políticas, organizativas y de estrategia electoral del partido;
IX.           Firmar, junto con del Secretario General, las credenciales de los miembros militantes;
X.            Nombrar al representante o representantes del partido ante la autoridades federales electorales correspondiente;
XI.           Nombrar a los coordinadores de los grupos parlamentarios del partido en el Congreso Federal y los de los Congresos Locales en coordinación con los presidentes de los comités estatales o del Distrito Federal correspondientes; así como a los coordinadores nacionales de ayuntamientos y de diputados locales;
XII.          Aprobar y ejercer, junto con el Secretario General, el presupuesto anual del Comité Directivo Nacional;
XIII.         Firmar los acuerdos de participación electoral federal, estatales o del Distrito Federal en los que participe el partido con otros partidos políticos legalmente constituidos;
XIV.        Celebrar acuerdos con otras organizaciones de la sociedad civil;
XV.         Reunirse con los presidentes de los Comités Directivos Estatales cuando menos una vez al año;
XVI.        Proponer el método de selección para la elección de candidatos a puestos de elección popular;
XVII.       Aprobar, durante los procesos electorales, toda actividad de propaganda y publicidad del Partido; y,

XVIII.      Las demás que establezcan las leyes, los presentes estatutos y la reglamentación que de ellos se desprenda.

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Avilés Ortega, Vanessa Guadalupe
Secretaria General

Artículo 34 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes del Secretario General:

I. Elaborar las actas del Comité Directivo Nacional, firmándolas en unión del Presidente;
II. Suplir en sus faltas temporales al Presidente del Comité Directivo Nacional;
III. Firmar con el Presidente las Actas que emita el Congreso Nacional;
IV. Llevar la correspondencia del partido;
V. Coadyuvar con el Presidente en la coordinación, programación y evaluación de las actividades del Comité Directivo Nacional;
VI. Comunicar los acuerdos del Comité Directivo Nacional y verificar su debido cumplimiento;
VII. Aprobar, junto con el Presidente, los nombramientos de estructura del Comité Directivo Nacional, previa propuesta del responsable del órgano de gobierno o directivo de que se trate;
VIII. Firmar con el Presidente las credenciales de los miembros;
IX. Elaborar manuales de operación que facilite el desarrollo de los programas generales y específicos que deban realizar los diversos órganos del Comité Directivo Nacional;
X. Conformar y controlar un archivo del partido;
XI. Dirigir la defensa jurídica electoral del partido y representarlo ante toda clase de tribunales, autoridades e instituciones, personas físicas y morales, con todas las facultades de apoderado general para pleitos y cobranzas, para actos de administración y de dominio, incluyendo las facultades especiales, que conforme a la ley requieran cláusula especial, con la única limitación de que, para enajenar o gravar inmuebles del partido, requerirá previa aprobación del Comité Nacional de Vigilancia, Transparencia y Rendición de Cuentas;
XII. Aprobar y ejercer, junto con el Presidente, el presupuesto anual del Comité Directivo Nacional; así como supervisar el ejercicio presupuestal y erogaciones del partido;
XIII. Dar vista de las violaciones a la normatividad interna del partido a la Comité de Vigilancia, Transparencia y Rendición de Cuentas, en los términos de la reglamentación aplicable; y,
XIV. Supervisar la elaboración de información estadística de los trabajos que lleven a cabo las Secretarias, Coordinaciones y Fundaciones; y,
XV. Las demás que le confiera la presente norma estatutaria y reglamentos del partido.


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Domínguez Leyva, Juan Ramón
Secretario de Organización y Estrategia Electoral


Artículo 37 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes del Secretario de Organización y Estrategia Electoral:

I. Promover, supervisar y coordinar la adecuada integración y funcionamiento de los órganos del partido y vigilar que la nominación de sus dirigentes se apeguen a las normas estatutarias;
II. Llevar un registro de la actividad política, padrón de militantes y trabajo de los miembros integrantes del partido;
III. Impulsar programas nacionales de afiliación;
IV. Elaborar, bajo la supervisión del Secretario General, la información estadística de los trabajos que lleven a cabo las Secretarias, Coordinaciones y Fundaciones;
V. Realizar y controlar el directorio de los comités estatales y del Distrito Federal; de los comités distritales federales; y de los comités distritales locales y municipales;
VI. Llevar el registro de propuestas de candidatos a cargo de elección popular y de aquellos miembros del partido que participen en los procesos electorales federales. Estatales, municipales y del Distrito Federal;
VII. Verificar los requisitos de elegibilidad de los candidatos del partido e integrar sus expedientes personales, desde el registro de las candidaturas, hasta la calificación de las elecciones por parte de las autoridades electorales respectivas;
VIII. Elaborar y llevar a cabo programas permanentes de capacitación electoral y formación política para los miembros del partido en coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política;
IX. Asesorar en materia electoral a los dirigentes y a los candidatos que sean postulados por el partido;
X. Establecer y operar los mecanismos necesarios para un análisis detallado de los procesos electorales, entre los que se incluirá un centro de información electoral para recibir los resultados de las Elecciones; y,
XI. Las demás que establezcan los estatutos y le confiera el Presidente del Comité Directivo Nacional.


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Cota Rochín, José Justo
Coordinador de Administración y Finanzas


Artículo 38 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes del Coordinador de Administración y Finanzas:

I. Formular anualmente un programa nacional de financiamiento;
II. Elaborar un sistema nacional de cuotas, fincado en criterios de actualidad;
III. Recabar de los miembros del partido, las cuotas y aportaciones ordinarias y extraordinarias que se acuerden;
IV. Recibir los ingresos que por financiamiento público establezca la Ley General de Partidos Políticos; así como los demás que se obtengan como resultado de las acciones de financiamiento del partido;
V. Ser el órgano responsable ante la Autoridad Federal Electoral, de la Administración del patrimonio y recursos públicos para financiar los fines del partido;
VI. Elaborar el proyecto de Presupuesto anual del partido y someterlo al acuerdo del Comité Directivo Nacional;
VII. Ejercer la supervisión y control de los fondos que ingresen al partido;
VIII. Efectuar los pagos ordinarios conforme al presupuesto y los extraordinarios que autorice el Comité Directivo Nacional;
IX. Llevar a cabo todas las actividades de administración del partido, conforme a los acuerdos tomados por el Comité Directivo Nacional;
X. Alentar a los militantes para que colaboren en las tareas administrativas del Comité Directivo Nacional, especialmente las referentes a transparencia y rendición de cuentas;
XI. Establecer y operar los sistemas y registros contables de acuerdo a la normatividad electoral vigente;
XII. Depositar los fondos en la institución bancaria que designe el Comité Directivo Nacional;
XIII. Presentar a la autoridad administrativa electoral, los informes de ingresos y egresos trimestrales y anuales; de precampaña y campaña; así como todos aquellos solicitados por la misma;
XIV. Llevar a cabo programas a nivel nacional y coordinar los estatales para la obtención de recursos financieros y en especie para el partido, todo lo cual deberá estar en concordancia con la Ley General de Partidos Políticos y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales;
XV. Denunciar ante el Comité de Vigilancia, Transparencia y Rendición de Cuentas, las irregularidades en el uso y aplicación de los recursos del partido;
XVI. Atender y elaborar los informes de fiscalización que requiera el Instituto Nacional Electoral, según el artículo 25 de la Ley General de Partidos Políticos;
XVII. Atender y elaborar los Informes de fiscalización que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en su caso le requiera al partido;
XVIII. Proponer al Comité Nacional de Vigilancia, Transparencia y rendición de Cuentas la enajenación o el gravamen de los bienes muebles e inmuebles del partido, fundamentando en cada caso la conveniencia y justificación de tales medidas; y,

XIX. Las demás que le otorguen los presentes estatutos y las que expresamente le confiera el Comité Directivo Nacional.


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Trevizo Vásquez, Mónica
Coordinador Jurídico

Artículo 39 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes del Coordinador Jurídico:

I. Asesorar al Presidente y al Secretario General del Comité Directivo Nacional en todo asunto de carácter jurídico que sea del interés o relevancia para el partido;
II. Tener a su cargo la asesoría jurídica y defensa legal que sea necesaria, previa, durante o posterior a todo proceso electoral en el que participe un candidato del partido, informando al Presidente y al Secretario General del Comité Directivo Nacional.
III. Representar al partido en todo procedimiento judicial o extrajudicial, sin importar la materia en el que el partido sea parte;
IV. Establecer directrices a los órganos nacionales, estatales y distritales respecto de las acciones que deberán acatar conforme a la normatividad electoral y a las resoluciones de las autoridades respectivas; y

V. Las demás que le otorguen los presentes estatutos y las que expresamente le confiera el Comité Directivo Nacional.
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Ortega Flores, Jans Rigoberto

Coordinador de Comunicación Social y Política 


Artículo 40 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes del Coordinador de Comunicación Social y Política:

I. Organizar la difusión de los informes del Comité Directivo Nacional;
II. Realizar las tareas de información, propaganda y publicidad sobre la posición del partido, a través de los medios de comunicación social, administrando las prerrogativas en materia de radio y televisión que las disposiciones legales otorgan a los partidos políticos nacionales, con la aprobación del Presidente del Comité Directivo Nacional durante los procesos electorales;
III. Elaborar periódicamente análisis de información y estudios sobre la opinión pública;
IV. Difundir las actividades del partido, las opiniones de sus dirigentes y en general, toda la información que contribuya a afirmar la presencia del partido en el campo de la opinión pública;
V. Promover la colaboración de los miembros del partido en las tareas editoriales, de prensa, radio y televisión;
VII. Mantener relaciones permanentes con los representantes de los medios de comunicación;
VIII. Proponer al Comité Directivo Nacional, mecanismos y sistemas para la propaganda de los candidatos postulados por el partido, a través de la utilización de nuevas técnicas de información, propaganda, difusión y orientación, así como la de implementar un proyecto de distribución de los trabajos impresos internos, de los carteles y folletos que la ley reglamentaria en materia federal electoral ponga a disposición de los partidos políticos;
IX. Coadyuvar en todo lo necesario para la construcción de campañas en todos los medios de comunicación que tenga acceso el partido;
X. Mantenerse a la vanguardia comunicacional que le permita al partido comunicarse interna y externamente de la manera más eficiente, en rubros de costos, tiempo, velocidad y entrega real del mensaje;
XI. Manejar el portal web del partido y subir a éste toda aquella información que sea aprobada por el Comité Directivo Nacional; y,
XII. Las demás que establezcan los Estatutos y las que expresamente le confiera el Presidente del Comité Directivo Nacional.
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Curiel Delgado, Cecilia
Coordinadora Movimientos Sectoriales 

Artículo 41 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes del Coordinador de Movimientos Sectoriales:

I. Coordinar los trabajos de los movimientos sectoriales del partido: jóvenes, mujeres, familias, campesinos, obreros, empresarios y migrantes; así como proponer al Comité Directivo Nacional la integración y creación de otros movimientos no especificados en los presentes estatutos;
II. Establecer vínculos de cooperación con organizaciones no gubernamentales y ciudadanas; así como recabar información sobre el perfil social, político y económico de las mismas;
III. Coordinar la relación institucional con organismos no gubernamentales, empresariales, profesionales y de comercio;
IV. Formular, implementar y evaluar la Estrategia Nacional de Vinculación Ciudadana;
V. En coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP), realizar foros, estudios y publicaciones de la problemática ciudadana específicamente de los sectores integrantes de la Coordinación de Movimientos Sectoriales;
VI. En coordinación con la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO), realizar acciones de atención a los grupos más vulnerables de la sociedad, donde participen los sectores integrantes de la Coordinación de Movimientos Sectoriales;
VII. Coordinar las acciones del Comité Directivo Nacional respecto a la movilización y concientización ciudadana, en los que participen los sectores integrantes de la Coordinación de Movimientos Sectoriales, y las que le confiera expresamente el Presidente del Comité Directivo Nacional;
VIII. Proponer al Comité Directivo Nacional, mediantes acuerdos de colaboración, candidaturas ciudadanas independientes, como resultado  de la relación institucional del partido con movimientos sectoriales y ciudadanos; y,
IX. Las demás que establezcan el Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.

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Lalcoma Estrada, Alejandro Antonio
Director De la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP)

Artículo 42 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes de la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política las siguientes:

I. Considerar siempre en primer término al individuo, hombre y mujer, como la razón de ser de la identidad nacional; y a la familia, como el vínculo indisoluble, la célula básica de nuestra sociedad, en donde el individuo encuentra el motivo de su superación educativa, social, cultural, económica y política;
II. Promover o llevar a cabo la realización de estudios, encuestas, investigaciones y todas aquellas actividades que permitan conocer objetivamente los problemas sociales, económicos y políticos que afectan a la sociedad mexicana;
III. Plantear alternativas de solución y acciones para atender la problemática social que se tenga diagnosticada, y realizar publicaciones al respecto;
IV. Diseñar la programación de difusión ideológica y capacitación política dirigida a los cuadros dirigentes, a los miembros, a los simpatizantes y a la ciudadanía en general;
V. Llevar a cabo el proceso de formación de instructores tanto de liderazgo como de capacitación política y electoral; así como todos aquellos que se necesiten para cumplir con los objetivos del partido, planteados en los Documentos Básicos;
VI. Promover acuerdos con instituciones académicas nacionales e internacionales, para la capacitación política de los miembros del partido;
VII. Elaborar iniciativas de ley y propuestas de políticas públicas que deberán ser encabezadas y/o instrumentadas por los candidatos a puestos de elección popular y por los miembros del partido electos para posiciones legislativas o de gobierno;
VIII. Mantener vigentes la Declaración de Principios y el Programa de Acción, así como la línea ideológica del partido; 
IX. Realizar acciones permanentes que promuevan la participación política de la mujer; y,
X. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.
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Ocampo Vega, Isaac
Director de la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO)

Artículo 43 (ESTATUTOS PES). Son atribuciones y deberes de la Fundación de Desarrollo Humano y Social las siguientes:

I. Diseñar e implementar la Estrategia Nacional de Transformación Humana y Social en el marco de la Declaración de Principios y el Programa de Acción del partido;
II. Formular e implementar programas estratégicos que atiendan a los grupos vulnerables: adultos mayores, pensionados, jubilados, personas con capacidades diferentes, migrantes, grupos indígenas, menores en situación de calle; así como proyectos encaminados a causas específicas que aborden temas de interés para mujeres, jóvenes, niños, desintegración familiar, adicciones, derechos humanos, justicia, medio ambiente, educación, por mencionar algunas de las más importantes.
III. Desarrollar mecanismos y estrategias de concertación con organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil afines a la ideología del partido, con la finalidad de fortalecer nuestra capacidad de respuesta a las demandas sociales de los grupos vulnerables y de los militantes del partido;
IV. Llevar a cabo, en coordinación con los Comités Directivos Estatales, Municipales y Distritales, programas de carácter cívico, social, cultural, artístico y deportivo, a efecto de elevar el nivel de vida individual, familiar y comunitario;
V. Coordinar con los comités directivos estatales, municipales y distritales las “Casas de Encuentro” de gestión social comunitaria; las cuales serán el espacio más cercano creado por el partido para la relación con sus afiliados y simpatizantes, y que tendrán como objetivo principal la gestión ante las distintas instancias gubernamentales de una debida atención de sus demandas sociales y problemática vecinal;
VI. Integrar y dirigir la Red de Organizaciones Civiles, Sociales y Comunitarias, que será un organismo integrador y capitalizador de los recursos humanos, materiales y financieros de organismos afines para atender de manera transversal y prioritariamente los problemas de pobreza y marginación;
VII. Diseñar e implementar un Programa de capacitación que necesariamente incluirá proyectos productivos en coordinación con la FICAP; y,
VIII. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.
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MOVIMIENTOS SECTORIALES DEL COMITÉ DIRECTIVO ESTATAL BAJA CALIFORNIA SUR



(Acéfalo)
Coordinador de Movimiento de Vinculación Campesina 

Artículo 94 (ESTATUTOS PES). El Movimiento de Vinculación Campesina (MVC) es el órgano interno del partido responsable de atender las necesidades de los campesinos mexicanos, en los temas de  productividad, organización, desarrollo y justicia social; su objetivo primordial es crear mejores condiciones de vida en el sector rural, así como promover la participación política del mismo.

Son atribuciones y deberes del Coordinador del Movimiento de Vinculación Campesina:

I. Promover e integrar a los campesinos de manera individual en las tareas del partido;
II. Coordinar la relación institucional del partido con organizaciones campesinas, así como proponer acuerdos y/o estrategias de colaboración conjunta;
III. En coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP), diagnosticar el estado que guarda el campo mexicano, a través de estudios, foros y publicaciones para proponer iniciativas legislativas y políticas públicas en beneficio de este sector;
IV. En coordinación con la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO), presentar proyectos y programas que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de este sector;
V. Brindar asesoría jurídica en los conflictos en materia agraria y desarrollo rural;
VI. Proponer al Comité Directivo Nacional, mediantes (sic) acuerdos de colaboración individuales o con organizaciones campesinas, candidaturas externas de ciudadanos pertenecientes a este sector; y,
VII. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Coordinador de Movimientos Sectoriales, el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.
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(Acéfalo)
Coordinador del Movimiento de Vinculación Obrera

Artículo 95 (ESTATUTOS PES). El Movimiento de Vinculación Obrera (MVO) es el órgano interno del partido responsable de atender las necesidades de los obreros mexicanos, en los temas de productividad, salario, competitividad, condiciones de trabajo y relaciones obrero-patronales; su objetivo primordial es crear mejores condiciones de vida en el sector obrero, así como promover la participación política del mismo.

Son atribuciones y deberes del Coordinador del Movimiento de Vinculación Obrera:

I. Promover e integrar a los obreros de manera individual en las tareas del partido;
II. Coordinar la relación institucional del partido con organizaciones obreras, así como proponer acuerdos y/o estrategias de colaboración conjunta;
III. En coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP) diagnosticar el estado que guarda el obrero mexicano a través de estudios, foros y publicaciones para proponer iniciativas legislativas y políticas públicas en beneficio de este sector;
IV. En coordinación con la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) presentar proyectos y programas que contribuyan a mejorar las condiciones de vida de este sector;
V. Brindar asesoría jurídica en los conflictos en materia laboral y sindical;
VI. Proponer al Comité Directivo Nacional, mediantes acuerdos de colaboración individual o con organizaciones obreras, candidaturas externas de ciudadanos pertenecientes a este sector; y,
VII. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Coordinador de Movimientos Sectoriales, el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.

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(Acéfalo)
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Migrantes

Artículo 97 (ESTATUTOS PES).  El Movimiento de Vinculación con Migrantes (MVM) es el órgano interno responsable de estudiar el fenómeno migratorio de nacionales y extranjeros y proponer soluciones a su problemática. Los retos, proyectos, programas y objetivos específicos del mismo serán los que señale el reglamento respectivo. De manera prioritaria, este movimiento deberá buscar el respeto a los derechos humanos de los migrantes fuera o dentro de territorio nacional.

Son atribuciones y deberes del Coordinador del Movimiento de Vinculación con Migrantes:
I. Promover la integración de líderes de migrantes tanto en territorio nacional como extranjero a las tareas del partido;
II. Coordinar la relación institucional del partido con organizaciones de migrantes; así como proponer acuerdos y/o estrategias de colaboración conjunta;
III. Revisar la legislación y las políticas públicas que atienden el fenómeno migratorio, a efecto de valorar su eficacia y buscando homologarlas con las obligaciones internacionales signadas por nuestro país;
IV. Evaluar los procedimientos de las entidades públicas y privadas que atiendan las necesidades de los migrantes, a efecto de establecer un observatorio de derechos de migrantes;
V. En coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP) promover el análisis y problemática de los migrantes a través de estudios, foros y publicaciones;
VI. En coordinación con la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) establecer programas de ayuda social y defensoría legal para los migrantes;
VII. Proponer al Comité Directivo Nacional, mediantes acuerdos de colaboración individuales o con organizaciones de migrantes, candidaturas externas de ciudadanos pertenecientes a este sector; y,

VIII. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Coordinador de Movimientos Sectoriales, el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.
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(Acéfalo)
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de Capacidades Diferentes

Artículo 98 (ESTATUTOS PES).  El Movimiento de Vinculación con Personas de Capacidades Diferentes y Especiales (MVPCD)es el órgano interno responsable de estudiar la problemática nacional y particular de personas pertenecientes a este sector con el objeto de proponer soluciones y lograr su plena incorporación al desarrollo político, económico y social del país. Los retos, proyectos, programas y objetivos específicos del mismo serán los que señale el reglamento respectivo. De manera prioritaria, este movimiento deberá buscar el respeto a los derechos de este sector vulnerable, así como procurar su incorporación al proceso político.

Son atribuciones y deberes del Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de Capacidades Diferentes:

I. Promover la integración de líderes y de personas con capacidades diferentes y especiales a las tareas del partido;
II. Coordinar la relación institucional del partido con organizaciones de personas con capacidades diferentes y especiales; así como proponer acuerdos y/o estrategias de colaboración conjunta;
III. Revisar la legislación y las políticas públicas que atienden esta problemática social, a efecto de valorar su eficacia, proponer sus adecuaciones y lograr su implementación;
IV. Evaluar los procedimientos de las entidades públicas y privadas que atiendan las necesidades de este sector;
V. En coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP) promover el análisis de la problemática de las personas con capacidades diferentes y especiales a través de estudios, foros y publicaciones;
VI. En coordinación con la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) establecer programas de ayuda social, defensoría legal y de proyectos productivos para las personas de este sector;
VII. Proponer al Comité Directivo Nacional, mediantes acuerdos de colaboración individual o con organizaciones, candidaturas externas de ciudadanos pertenecientes a este sector; y,

VIII. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Coordinador de Movimientos Sectoriales, el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.
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(Acéfalo)
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad

Artículo 99 (ESTATUTOS PES).  El Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad (MVPCD) es el órgano interno responsable de estudiar la problemática de personas pertenecientes a este sector, así como proponer soluciones a la misma. Los retos, proyectos, programas y objetivos específicos del mismo serán los que señale el reglamento respectivo. De manera prioritaria, este movimiento deberá buscar el respeto a los derechos humanos de las personas de la tercera edad, así como su incorporación de manera efectiva a las políticas públicas sin restricciones políticas.

Son atribuciones y deberes del Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad:

I. Promover la integración de líderes y de personas de la tercera edad a las tareas del partido;
II. Coordinar la relación institucional del partido con organizaciones de este sector; así como proponer acuerdos y/o estrategias de colaboración conjunta;
III. Revisar la legislación y las políticas públicas que atienden la problemática de las personas de la tercera edad, a efecto de valorar su eficacia, proponer sus adecuaciones y lograr su implementación;
IV. Evaluar los procedimientos de las entidades públicas y privadas que atiendan las necesidades de este sector vulnerable a efecto de establecer un observatorio social de dichas instituciones ;
V. En coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP) promover el análisis y problemática de personas de la tercera edad a través de estudios, foros y publicaciones;
VI. En coordinación con la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) establecer programas de ayuda social, defensoría legal y de proyectos productivos para las personas de este sector;
VII. Proponer al Comité Directivo Nacional, mediantes acuerdos de colaboración individuales o con organizaciones, candidaturas externas de ciudadanos pertenecientes a este sector; y,

VIII. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Coordinador de Movimientos Sectoriales, el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.
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Hirales Contreras, Dulce María
Coordinadora del Movimiento "Encuentro de Jóvenes"

Artículo 100 (ESTATUTOS PES).   “Encuentro de Jóvenes” es el órgano interno responsable de atender los requerimientos y demandas de la población juvenil de nuestro país. Las edades comprendidas para pertenecer a esta organización, así como los retos y proyectos del mismo serán las que señale el reglamento respectivo. De manera general, “Encuentro de Jóvenes” será el responsable de promover la participación política, social y comunitaria de los jóvenes, tratando de crear condiciones que permitan el desarrollo de sus vocaciones y talentos, siempre comprometidos fuertemente con su propio desarrollo y el de su entorno.

Las funciones y deberes de Encuentro de Jóvenes son:

I. Definir la Estrategia Nacional de participación de los jóvenes al interior del partido;
II. Promover e integrar a los jóvenes mexicanos de manera individual en las tareas del partido;
III. Organizar la participación del partido en universidades públicas y privadas; así como dar a conocer los postulados sociales y políticos de Encuentro Social entre los estudiantes;
IV. Crear una Red de organizaciones de jóvenes de diversos de los ámbitos, cultural, deportivo, social, comunitario, estudiantil, entre otros;
V. Promover la ideología, la Declaración de Principios y el Programa de Acción entre jóvenes estudiantes de universidades públicas y privadas del país;
VI. En coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP) realizar estudios, estadísticas, investigaciones, encuestas, publicaciones y todos aquellos datos que describan las condiciones de los jóvenes en el país, así como proponer programas de capacitación política para los cuadros juveniles del partido;
VII. En coordinación con la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) promover la participación de jóvenes en tareas de desarrollo comunitario, buscando en todo momento promover la solidaridad con los más desprotegidos;
VIII. Llevar a cabo actividades tendientes a mejorar las relaciones sociales de los jóvenes entre ellos mismos, dando prioridad a las culturales, deportivas, ecológicas y de sano esparcimiento; y,
IX. Proponer al Comité Directivo Nacional, mediantes acuerdos de colaboración individuales o con organizaciones de jóvenes y estudiantes, candidaturas externas de ciudadanos pertenecientes a este sector;

X. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Coordinador de Movimientos Sectoriales, el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.
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Segura Avilés, Andrea Josefina
Coordinadora del Movimiento "Encuentro de Mujeres"

Artículo 101 (ESTATUTOS PES).  “Encuentro de Mujeres” es el órgano interno responsable de promover la participación en la vida social y política del país de las mujeres. Los retos, proyectos, programas y objetivos específicos del mismo serán los que señale el reglamento respectivo. De manera general, este movimiento deber promover la igualdad de oportunidades en todos los planos de la vida nacional de las mujeres, buscando el pleno reconocimiento de sus libertades, su emancipación real del contexto cultural tradicional y el desarrollo pleno de sus capacidades y potencialidades.

Las funciones y deberes de Encuentro de Mujeres son:

I. Definir la Estrategia Nacional de participación de las mujeres al interior del partido;
II. Promover e integrar a las mujeres mexicanas de manera individual en las tareas del partido;
III. Crear una Red de organizaciones de mujeres jóvenes de distintos ámbitos, procurando incluir causas específicas de grupos vulnerables de mujeres como violencia, trata, discriminación, entre otras;
IV. Promover la ideología, la Declaración de Principios y el Programa de Acción del partido entre mujeres pertenecientes a organizaciones no gubernamentales, sociales, empresariales y ciudadanas;
V. En coordinación con la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP) realizar estudios, estadísticas, investigaciones, encuestas, publicaciones y todos aquellos datos que describan las condiciones de las mujeres en el país, así como proponer programas de capacitación política para los cuadros femeniles del partido;
VI. En coordinación con la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) promover la participación de mujeres en proyectos productivos y de desarrollo comunitario;
VII. Realizar foros, mesas redondas, conferencias y publicaciones sobre los retos que enfrentan las mujeres para lograr un pleno reconocimiento de su aportación a la vida política, económica y social del país; y,
VIII. Las demás que establezcan los estatutos, y las que le confiera expresamente el Coordinador de Movimientos Sectoriales, el Presidente del Comité Directivo Nacional y los reglamentos respectivos.
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COMITÉ DIRECTIVO MUNICIPAL “LA PAZ”


NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
C. Beatriz Adriana Hernández Paredes
Presidenta del CDM
C. Israel Espinoza
Secretario General del CDM
C. Miney Alonso Segoviano Leyva
Secretario de Organización y Estrategia Electoral del CDM
C.P. María Inés Romero Álvarez
Coordinador de Administración y Finanzas del CDM
Acéfalo
Coordinador Jurídico del CDM
Acéfalo
Coordinador de Comunicación Social y Política del CDM
Acéfalo
Coordinador de Movimientos Sectoriales del CDM
Acéfalo
Director de la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP); Coordinador de Presidencia del CDM
Acéfalo
Directora de la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Campesina del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Obrera del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Empresarial del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Migrantes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas con Capacidades Diferentes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad del CDM
C. Jacob Abiud Silva Ramírez
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Jóvenes” del CDM
C. María Claudia Arévalos Acevedo
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Mujeres” del CDM



COMITÉ DIRECTIVO MUNICIPAL “LOS CABOS”

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
Lic. Flavio Antonio Olachea Montaño
Presidente del CDM
C. Anabel Guerrero Sánchez
Secretaria General del CDM
C. Ileana López Zavala
Secretaria de Organización y Estrategia Electoral del CDM
C.P. Carlos Alberto Cota Ruiz
Coordinador de Administración y Finanzas del CDM
Lic. Israel López Martínez
Coordinador Jurídico del CDM
Acéfalo
Coordinador de Comunicación Social y Política del CDM
C. Eduardo Martínez Caudillo
Coordinador de Movimientos Sectoriales del CDM
Acéfalo
Director de la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP); Coordinador de Presidencia del CDM
Acéfalo
Directora de la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Campesina del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Obrera del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Empresarial del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Migrantes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas con Capacidades Diferentes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad del CDM
C. Bryanda Karely Castro Ruiz
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Jóvenes” del CDM
C. Lorenia Lineth Montaño Ruiz
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Mujeres” del CDM


COMITÉ DIRECTIVO MUNICIPAL “COMONDÚ”

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
C. Rosendo Osuna Chávez
Presidente del CDM
C. Arturo Escojido Flores
Secretario General del CDM
C. Iván Medina Alcantar
Secretaria de Organización y Estrategia Electoral del CDM
C. Llaned Rodríguez Osorio
Coordinadora   de Administración y Finanzas del CDM
Lic. Alicia Juárez Guizar
Coordinadora  Jurídica del CDM
Acéfalo
Coordinador de Comunicación Social y Política del CDM
Acéfalo
Coordinador de Movimientos Sectoriales del CDM
Acéfalo
Director de la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP); Coordinador de Presidencia del CDM
Acéfalo
Directora de la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Campesina del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Obrera del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Empresarial del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Migrantes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas con Capacidades Diferentes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad del CDM
C. Johana Lizeth Escojido Reyes
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Jóvenes” del CDM
Acéfalo
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Mujeres” del CDM


COMITÉ DIRECTIVO MUNICIPAL “MULEGÉ”

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
C. Ignacio Aguilar Valenzuela
Presidente del CDM
C. Leovigildo Villavicencio Rojas
Secretario General del CDM
Acéfalo
Secretaria de Organización y Estrategia Electoral del CDM
C. Esaú Aguilar González
Coordinador de Administración y Finanzas del CDM
Acéfalo
Coordinador Jurídico del CDM
Acéfalo
Coordinador de Comunicación Social y Política del CDM
Acéfalo
Coordinador de Movimientos Sectoriales del CDM
Acéfalo
Director de la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP); Coordinador de Presidencia del CDM
Acéfalo
Directora de la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Campesina del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Obrera del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Empresarial del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Migrantes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas con Capacidades Diferentes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad del CDM
Acéfalo
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Jóvenes” del CDM
Acéfalo
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Mujeres” del CDM

COMITÉ DIRECTIVO MUNICIPAL “LORETO”

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
C. Jacoba Guadalupe Savin Higuera
Presidente del CDM
C. Juan José Arce Davis
Secretario General del CDM
Acéfalo
Secretaria de Organización y Estrategia Electoral del CDM
Acéfalo
Coordinador de Administración y Finanzas del CDM
Acéfalo
Coordinador Jurídico del CDM
Acéfalo
Coordinador de Comunicación Social y Política del CDM
Acéfalo
Coordinador de Movimientos Sectoriales del CDM
Acéfalo
Director de la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación Política (FICAP); Coordinador de Presidencia del CDM
Acéfalo
Directora de la Fundación de Desarrollo Humano y Social (FUDEHSO) del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Campesina del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Obrera del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación Empresarial del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Migrantes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas con Capacidades Diferentes del CDM
Acéfalo
Coordinador del Movimiento de Vinculación con Personas de la Tercera Edad del CDM
Acéfalo
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Jóvenes” del CDM
Acéfalo
Coordinadora del Movimiento “Encuentro de Mujeres” del CDM

COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
Arq. Alejandro Antonio Lalcoma Estrada
Presidente
Lic. Marbella Guadalupe Saiza Cota
Vicepresidente
C. Karina Escobedo Huerta
Secretaria de Acuerdos

COMISIÓN POLÍTICA ESTATAL

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
C. Perla Guadalupe Flores Leyva
Presidente del CDE BCS
Lic. Vanessa Guadalupe Avilés Ortega
Secretaria General del CDE BCS
C.P. Alejandra Gabriela Ibarra Mayorga
Miembro
Lic. Marbella Guadalupe Saiza Cota
Miembro
C. Lidya Carballo Ojeda
Miembro
C. Martín Richard Núñez Amador
Miembro
C.P. Manuel de la Toba Castro
Miembro
C. Miguel Ángel Lupercio Cuevas
Miembro
C. Jorge Karl López Avilés
Miembro
C. Juan Alberto Domínguez Armenta
Miembro
Lic. Carlos Oswaldo Zambrano Sarabia
Miembro
C. Jesús Rubén Segura Medina
Miembro
C. Manuel Ramírez Hernández
Miembro
C. Raúl López Avilés
Miembro
C. Jorge Luis Díaz Tenorio
Miembro



COMITÉ DE TRANSPARENCIA

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
C.P. Manuel de la Toba Castro
Presidente
Lic. Mónica Trevizo Vásquez
Secretaria de Acuerdos
Acéfalo
Contralor

UNIDAD DE TRANSPARENCIA

NOMBRE DEL TITULAR
CARGO
Acéfalo
Titular
Lic. Marbella Guadalupe Saiza Cota
Enlace de la Unidad
C. Miguel Ángel Lupercio Cuevas
Auxiliar



DE ACUERDO A LOS ESTATUTOS PARTIDO ENCUENTRO SOCIAL: 

CAPÍTULO X

DE LOS COMITÉS DIRECTIVOS ESTATALES
Y DEL DISTRITO FEDERAL


Artículo 79. Los Comités Directivos Estatales y del Distrito Federal son los órganos internos que tienen a su cargo la representación y dirección política del partido en la entidad federativa correspondiente; que realizan actividades de operación política, cumpliendo con los programas aprobados por la Comisión Política Estatal o del Distrito Federal; y, llevan a cabo, prioritariamente, las acciones de coordinación y vinculación que acuerde el Comité Directivo Nacional.

Artículo 80. El Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal está integrado por:

I. Un Presidente;
II. Un Secretario General;
III. Un Secretario de Organización y Estrategia Electoral;
IV. Un Coordinador de Administración y Finanzas;
V. Un Coordinador Jurídico;
VI. Un Coordinador de Comunicación Social y Política;
VII. Un Coordinador de Movimientos Sectoriales;
VIII. Un Director de la Fundación de Desarrollo Humano y Social;
XI. Un Director de la Fundación de Investigación, Capacitación y Formación
Política; y,
X. La estructura que a propuesta del Comité Directivo Estatal apruebe el
Comité Directivo Nacional.

(...) 

Artículo 83. El Presidente del Comité Directivo Estatal o del Distrito Federal distribuirá entre los miembros del mismo las atribuciones y deberes atendiendo a la naturaleza de los cargos que ocupan; para ello, serán aplicables en lo conducente las disposiciones relativas a los integrantes del Comité Directivo Nacional, las que tendrán los integrantes de los Comité Directivos Estatales, un sentido fundamental de conducción, programación y control de su actividad política de dirigencia.
(LO DESTACADO ES PROPIO)







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